A través de la Sentencia T-969 la Corte Constitucional ordena a la Alcaldía y a Aguas de Cartagena conectar al alcantarillado de la ciudad a las veredas de Puerto Rey y Tierra Baja
La Sentencia ordenó “conceder la protección del derecho a la consulta de las comunidades negras de Tierra Baja y Puerto Rey. En consecuencia, ordena a la empresa Aguas de Cartagena S.A. E.S.P., que, dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la presente sentencia, solicite a la Dirección de Consulta Previa del Ministerio del Interior que, dentro de los cinco días siguientes a la solicitud, convoquen a los consejos comunitarios de Tierra Baja y Puerto Rey para realizar dicha consulta”
La Sala Sexta de Revisión de la Corte Constitucional, ordenó que “las obras de ampliación del alcantarillado a estas dos comunidades deberán iniciarse a más tardar cinco meses después de notificada la presente sentencia”.